¿Dónde no se puede estacionar en Chile?
Estacionar tu auto en la vía pública, especialmente en Santiago, en capitales regionales y otras ciudades, puede ser un tremendo desafío dada la dificultad de encontrar espacios disponibles.
Sin embargo, más allá de la dificultad para encontrar un lugar adecuado, es fundamental conocer y respetar la legislación vigente sobre dónde está permitido o prohibido estacionar.
Ignorar estas normas no solo puede resultar en una costosa multa, sino también en algunos casos el traslado de tu vehículo con grúa. Un mal rato que todos quisieran evitar.
La Ley de Tránsito está pensada en garantizar la seguridad de peatones y conductores, así como para mantener el flujo ordenado del tránsito. Estacionar en lugares indebidos puede obstruir la visibilidad en las intersecciones, generar mayor congestión vehicular, impedir el acceso a servicios de emergencia, o incluso poner en peligro la vida de otras personas.
Por eso, es clave que todos los conductores estén al tanto de dónde no se puede estacionar, para moverse con responsabilidad y dentro del marco legal.
¿Dónde no se puede estacionar?
El artículo 159 de la Ley 18.290, conocida como Ley de Tránsito, considera los siguientes lugares como prohibidos para el estacionamiento.
- En cualquier ubicación en que la señalética lo prohíba. Habitualmente, existe señalización visible, comunicación que podría verse reforzada con pintura amarilla sobre la cuneta (orilla).
- En aceras, pasos de peatones o lugares destinados exclusivamente al tránsito de los mismos.
- En doble fila, respecto a otro vehículo detenido o estacionado en la calzada junto a la cuneta.
- A los lados, sobre o entre los refugios para peatones, platabandas o bandejones.
- Al costado o al lado opuesto de cualquier obstrucción de tránsito, excavación o trabajos en una calzada.
- En los puentes, túneles, estructuras elevadas y pasos bajo nivel de las vías públicas, en las cuestas, en las curvas de los caminos.
- Dentro de un cruce.
- En las calzadas o bermas de los caminos públicos de dos o más pistas de circulación en un mismo sentido.
Es fundamental respetar las normas del tránsito no solo para evitar sanciones, sino también para contribuir a un entorno vial más seguro y ordenado.
La falta de conocimiento o la negligencia al estacionar en lugares prohibidos puede generar situaciones peligrosas, tanto para otros conductores como para peatones, además de interrumpir el flujo normal del tránsito.
Multas por estacionarse mal
En nuestro país, las multas por estacionarse en lugares prohibidos están establecidas en la Ley de Tránsito y varían en función de la gravedad de la infracción. Desde obstruir un paso peatonal hasta estacionarse en doble fila, cada infracción tiene su correspondiente sanción, y es fundamental que los conductores estén al tanto de las consecuencias para evitar sorpresas desagradables.
Según la Ley de Tránsito, las multas graves van entre 1 y 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Estas incluyen por ejemplo estacionarse donde las señales lo prohíban, en puentes o túneles, en un cruce o en sitios exclusivos para personas en situación de discapacidad.
Infracciones menos graves por estar mal estacionado van desde las 0,5 a 1 UTM. Ellas incluyen estacionar sobre la acera, al costado contrario de la calle, sobre un paso de peatones o frente a un grifo.
¿Dónde reviso mis multas?
Una vez que Carabineros o seguridad ciudadana de la municipalidad cursa la infracción, lo informa al Juzgado de Policía Local de la comuna en donde se cometió la falta. Luego, el organismo notifica directamente a quien figura como propietario del vehículo en el Registro Civil para que comparezca ante el juez en un día y hora determinados.
El propietario del vehículo puede obtener un descuento del 25% en el valor de la multa si se presenta dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de emisión de la boleta de citación.
Las multas pueden ser verificadas en el sitio web de cada municipalidad y también se encuentran disponibles en el portal "Registro de multas de tránsito no pagadas" del Servicio de Registro Civil e Identificación.
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